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año:2004
 
institución:BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 14082 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Lic. Manuel González Cabezas 2 12 de noviembre, 2004 12 de noviembre, 2004 FOE-FEC-758 Licenciado Manuel González Cabezas Auditor General BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta formulada sobre el pago de comisiones a la fuerza de ventas de Popular Sociedad de Fondos de Inversión S.A. Nos referimos a su oficio Nro. AG-572-2004 del 8 de noviembre, mediante el cual plantea varias consultas relacionadas con el pago de comisiones a la fuerza de venta de Popular Sociedad de Fondos de Inversión S.A. Al respecto nos permitimos comunicarle que mucho extraña a esta Contraloría General, el que usted consulte temas propios de una empresa pública, distinta a la institución en que usted labora, salvo que se le haya asignado un estudio en particular sobre esa Sociedad, lo cual no se desprende del oficio. Si bien es cierto, Popular Sociedad de Fondos de Inversión es una empresa pública propiedad del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ésta es jurídicamente independiente, posee personalidad jurídica propia, que le permite administrar recursos, adquirir compromisos y obligaciones y brindar servicios especializados en forma independiente del ente fundador, teniendo incluso objetivos y fines distintos entre sí. Además, como empresa pública independiente, tiene su propia auditoría interna, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley General de Control Interno. En virtud de lo anterior, hemos procedido al archivo de su solicitud sin especial pronunciamiento de nuestra parte, no sin antes comunicarle que una consulta de similar naturaleza fue presentada directamente por el señor Gerente General de Popular Fondos de Inversión, a la cual se le dará el trámite correspondiente. Atentamente, M ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 11/11/2004
Documento: 14082-2004.DOC
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


PAGE 4 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al Contestar refiérase al oficio Nº 1 0 6 5 9 6 de setiembre, 2004 DAGJ-2252-2004 Señor Maurilio Aguilar Rojas Subgerente de Operaciones a.i. Banco Popular y de Desarrollo Comunal Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta sobre voto 2003-11398. Nos referimos a su oficio SO-362-2004 presentado ante esta Contraloría General el 27 de mayo último, por el cual formula diversas inquietudes en relación con el voto 2003-11398 de 10 de mayo de 2004, el cual anuló por inconstitucional el artículo 77 de la Ley de Contratación Administrativa. Explica en su nota que uno de los contratos de mayor aplicación es arrendar a particulares sus bienes inmuebles para establecer sucursales bancarias, visto lo cual es de sumo interés lo resuelto por la Sala Constitucional en el citado voto. I. Origen de la consulta. Ante esta situación se consultó a la Asesoría en Contratación Administrativa sobre los alcances del fallo, la cual respondió que: “... desde su punto de vista la Sala Constitucional consideró que la norma impugnada era inconstitucional porque menoscaba y reducía el derecho de propiedad, pero también indica que la instancia constitucional reconoce que si en los carteles se hubiese mencionado la condición de plazo indefinido que contenía la norma, y de esa forma se hubiese puesto en conocimiento anticipadamente al particular de esta condición, el contratista habría tenido la posibilidad de contratar conociendo los términos y condiciones, o de negarse a participar si consideraba el negocio adverso a sus intereses”. Agrega que esa Subgerencia confía plenamente en la tesis sostenida por la Asesoría Legal, pero como esta misma recomienda solicitar criterio a este Órgano Contralor, dado que el fallo no es claro en varios aspectos importantes, se somete el tema a consulta. Pese a lo anterior, cabe advertir que si bien la C ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 07/09/2004
Documento: 10659-2004.DOC
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 27 R-DAGJ-778-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del trece de diciembre de dos mil cuatro.---------------------------------------- Recurso de Apelación interpuesto por la firma SUPLIDORA DE EQUIPOS S. A. en contra del acto de adjudicación del ítem 7 de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 28-2003, promovida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal para la “Compra de dos máquinas clasificadoras de billetes”, recaído aquél en favor de la empresa COMPAÑÍAS DE MÁQUINAS DE COSTA RICA CDM S. A. por un monto de US$ 156.363.75. (ciento cincuenta y seis mil trescientos sesenta y tres dólares con setenta y cinco centavos).---------------------------------------------------------- RESULTANDO I. SUPLIDORA DE EQUIPOS S. A. alegó en su recurso, en términos generales: 1) Sobre su legitimación para recurrir: Conforme lo demostrarán en el recurso la empresa adjudicataria debió ser excluida del concurso por los defectos graves e incumplimientos que la hacen inelegible. En su caso, su representada fue mal calificada y debió obtener como puntaje 85.45, con lo cual resultaría como legítimos ganadores del procedimiento. En la calificación de su empresa, esta debió obtener los puntos correspondientes al rubro de cantidad de equipos vendidos iguales a los ofertados, porque en su plica presentaron cinco cartas de referencias que hacían referencia al modelo 3700e en unos casos y al modelo 3700 en otros. Las referencias presentadas cumplen con lo que el cartel pidió, porque las distintas entidades bancarias consignaron como modelo de sus respectivas máquinas el modelo 3700 porque ellos mismos les indicaron que el modelo 3700/3700e es un mismo modelo de máquinas, con exactamente las mismas características. En su momento le aclararon a la Administración que el propio fabricante aclara que desde el año 1999 se ofreció al mercado el modelo 3700 con diseño más ergonómico (3700e) siendo la única diferencia entre la 3 ...
Fecha publicación: 16/12/2004
Fecha emisión: 13/12/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 R-DAGJ-772-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del nueve de diciembre del dos mil cuatro.------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Siemens S.A, en contra del acto de adjudicación de la licitación pública 049-2003, promovida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, para compra de equipo de comunicación telefónica, recaída en cuanto a los ítemes 2 y 3 a favor de Técnicos en mantenimiento S.A (Tecmant), por un monto de $324.467.05.---------------------------- RESULTANDO I.-Siemens, S.A. presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación y manifestó que el acto, acordado mediante Informe de Adjudicación 332-2004 de 18 de agosto de 2004 es inválido. Señala que les resulta obligatorio aclarar lo indicado en oficio PIP-1281-2004 de 27 de julio del 2004, donde se deja ver que su oferta no cumple técnicamente y se refiere, entre otras cosas, al sistema HiPath 3500 y el no ofrecimiento IGRP; lo relacionado a la telefonía IP en estándar 802.11b o 8021.11 g, así como la conexión de enlaces E&M, y achaca incumplimiento a la adjudicataria. Señala que su oferta es económicamente más conveniente.------- II.-Mediante auto de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de las diez horas del veinte de octubre del dos mil cuatro se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas.----------------------------------- III.-En el plazo conferido, la Administración y la adjudicataria contestaron la audiencia inicial.---- IV.-Mediante auto de las quince horas del tres de noviembre del dos mil cuatro, la División de Asesoría y Gestión Jurídica solicitó criterio técnico a la Unidad de Sistemas de Tecnología e Información de esta Cont ...
Fecha publicación: 13/12/2004
Fecha emisión: 10/12/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 4 R-DAGJ-752-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las diez horas del primero de diciembre del dos mil cuatro.------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por Carvajal C.R., S.A. en contra del cartel, de la Licitación Pública N°060-2004, promovida por el Banco Popular para la “contratación de servicios de suministro y distribución de formularios, útiles y materiales (modalidad justo a tiempo)”.------------ I.-POR CUANTO: La firma Carvajal C.R., S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública N°060-2004, para la “contratación de servicios de suministro y distribución de formularios, útiles y materiales (modalidad justo a tiempo)”.---------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las quince horas con treinta minutos del 18 de noviembre del 2004, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. ---------------------------- III. POR CUANTO: La Administración licitante respondió la audiencia el 25 de noviembre del 2004.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula, con miras a llenar las expectativas de l ...
Fecha publicación: 04/12/2004
Fecha emisión: 01/12/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 6 R-DAGJ-742-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del veinticinco de noviembre del dos mil cuatro.------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por Wi-T Inversiones Internacionales S.A., en contra del cartel de la Licitación pública 2-2004 para la contratación de servicios de comunicación inalámbrica de alta velocidad, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago.---------------------------------- I.- POR CUANTO: Wi-T Inversiones Internacionales S.A interpuso recurso de objeción al cartel de la referida licitación.-------------------------------------------------------------------------------------------- II.- POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas del dieciséis de noviembre del dos mil cuatro, la División de Asesoría y Gestión Jurídica confirió audiencia especial a la Administración acerca del recurso presentado, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la parte objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la licitación. ---------------------------------------- III.- POR CUANTO: El Banco Crédito Agrícola de Cartago , mediante escrito fechado 19 de noviembre del 2004, se refirió al recurso presentado y remitió copia del cartel. ------------------------- IV.- POR CUANTO: El recurso de objeción al cartel se brinda como una oportunidad procesal para que eventuales interesados en participar en el procedimiento de contratación administrativa soliciten remover cualquier obstáculo que estime limita sus posibilidades de participación, y a la vez para coadyuvar con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Bajo este orden de ideas, procede entrar a valorar el fondo del recurso: 1) Sobre el soporte VPN y NAT: El objetante señala que el punto 24 indica que los equipos deben trabajar en la modalidad de bridge y hace ver que las redes VPN y el método NAT son funciones de un Router, por lo que sol ...
Fecha publicación: 28/11/2004
Fecha emisión: 25/11/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


4 4 R-DAGJ-625-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del trece de octubre del dos mil cuatro.--------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por GBM DE COSTA RICA S.A , en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA 57-2003 (renglones 1 y 2), promovida por el BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL, para la adquisición de servidores, recaída a favor de CENTRAL DE SERVICIOS PC S.A, por un monto de $182.218.88.------------- RESULTANDO I.-GBM DE COSTA RICA S.A presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación (renglones 1 y 2).---------------------------------------------------------------------- II.- Mediante auto de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de las quince horas del veintitrés de setiembre del dos mil cuatro se confirió audiencia inicial a la Administración licitante y a la adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas. De igual forma se previno a la firma apelante para que restableciera la garantía de participación.---------------- III.-En el plazo conferido, la Administración y la adjudicataria contestaron la audiencia inicial que les fue conferida.--------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------ CONSIDERANDO I.-HECHOS PROBADOS: Para la resolución de este asunto se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Administración promovió la Licitación Pública 57-2003 para la adquisición de servidores. (Ver folios D-1 y siguientes del expediente de la apelación), 2) Que mediante auto de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de las quince horas del veintitrés de setiembre ...
Fecha publicación: 16/10/2004
Fecha emisión: 13/10/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


1 1 R-DAGJ-561-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil cuatro. ---------- Recursos de objeción interpuestos por las sociedades anónimas Moore de Centroamérica, y Carvajal CR en contra del cartel de la Licitación por Pública No. 060-2004, promovida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, para la contratación de servicios de suministro y distribución de formularios, útiles y materiales de oficina (modalidad justo a tiempo). ----------------- I. POR CUANTO: Los recursos interpuestos por las sociedades anónimas Moore de Centroamérica, y Carvajal CR, fueron presentados a las 15:17 y 15:35 horas del 1 de setiembre de 2004, respectivamente. ------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Banco Popular y de Desarrollo Comunal con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco Popular y de Desarrollo Comunal mediante oficio No. PCAD-1526-2004 del 8 de setiembre de 2004, atendió esa audiencia especial. ------------------------------------------ IV. SOBRE EL FONDO: A) Recurso de Objeción de la empresa Moore de Centroamérica S.A.: 1) Aclaraciones: i) Alega la objetante que debe aclararse el punto 1.5.3 del cartel que establece que es indispensable que se desglose el precio, y posteriormente se señala que la administración del inventario remanente del Almacén de Proveeduría, será sin costo adicional para el Banco. Por su parte, la Administración licitante suministra el detalle del inventario que estaría siendo objeto de traslado y su consumo promedio mensual. (Ver folio B1 del Expediente de Objeción). ii) Aclarar el punto 1.6.1 del cartel, en donde se menci ...
Fecha publicación: 19/09/2004
Fecha emisión: 16/09/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 R-DAGJ-450-2004 (BIS) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del tres de agosto de dos mil cuatro.--------------------------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Sistemas de Protección Incorporados S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública 18-2004, promovida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal para la compra de alarmas y equipo de seguridad.---------------------------------- I. POR CUANTO: Sistemas de Protección Incorporados S.A. interpuso recurso de objeción mediante su escrito presentado ante esta Contraloría General el 19 de julio de 2004.-------------------- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las 8:00 horas del 22 de julio de 2004, la División de Asesoría y Gestión Jurídica, confirió audiencia especial a la Administración respecto del recurso interpuesto, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos del objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación.-------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco Popular y de Desarrollo Comunal atendió la audiencia conferida mediante el oficio PCAD-1213-2004 del 27 de julio de 2004.----------------------------------------------- IV. POR CUANTO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación o evitar que se confieran ventajas a unos oferentes en perjuicio de otros; todo ello en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. De manera que, mediante la interposición de este recurso, los potenciales oferentes ayudan a la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones; por ello son de importancia las razones que la Administración indique en defensa de las condiciones y requerimientos, pues es ella qu ...
Fecha publicación: 07/08/2004
Fecha emisión: 04/08/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Notas de remisión: 8855-2004


PAGE 8 R-DAGJ-404-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del veinte de julio de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por el consorcio GBM de Costa Rica S. A. y GBM de Guatemala S. A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 002-2003 promovida por la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A. para la contratación de formularios de estados de cuenta de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular, recaída a favor de Moore de Centroamérica S. A., por un monto de $226.000,00.------------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO I. Que mediante escrito presentado ante nuestra División de Asesoría y Gestión Jurídica el consorcio GBM de Costa Rica S. A. y GBM de Guatemala S. A. interpusieron recurso de apelación contra el acto de adjudicación referido, señalando en resumen lo siguiente: 1) Que goza de legitimación. 2) Que su oferta fue desestimada del concurso, argumentando la Administración que no indicó el precio para los insertos para los tamaños de, ¼ de hoja, ½ hoja y hoja entera; así como los costos de impresión e inclusión de los insertos (véase escrito en expediente de apelación).-------- II. Mediante auto de las quince horas del veinticinco de mayo de dos mil cuatro, se confirió audiencia inicial a la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y a la firma adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones del apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas (véase auto incorporado al expediente de apelación).--------------------------------------------------------- III. Mediante escrito presentado ante la División de Asesoría y Gestión Jurídica la Operadora de Planes de Pensiones Complemen ...
Fecha publicación: 19/07/2004
Fecha emisión: 16/07/2004
Institución: BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)